Factura Electrónica
Como habréis visto y escuchado en los medios de comunicación y otros canales, en breve se implantará la FACTURA ELECTRÓNICA obligatoriamente para todas las empresas.
En esta información os contamos plazos y medios para la implantación.
Qué es
La factura electrónica es, ante todo, una factura, con los mismos efectos legales que si fuera de papel. La diferencia es que se expide y recibe en formato electrónico. Están reguladas por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento en el que se regulan las obligaciones de facturación. Recoge aspectos como los tipos de factura, la expedición de terceros, el contenido de la factura, los plazos, etc…
El Gobierno aprobó el 29 de septiembre, la Ley 18/2022, de 28 de septiembre conocida como Crea y Crece, que incluye la obligación de usar la facturación electrónica para autónomos y empresas y establece un período de 6 meses desde la publicación de la ley para determinar los requerimientos y para su desarrollo reglamentario.
Plazo
Hasta ahora la facturación electrónica, únicamente era obligatoria cuando el destinatario fuese una Administración Pública, para el resto de gestiones se podía utilizar el sistema tradicional de facturación en papel.
- Las empresas con una facturación anual que supere los 8 millones de euros, tendrán un plazo de 1 año tras la publicación del desarrollo reglamentario para usar la facturación electrónica en sus procesos de trabajo.
- El resto de las empresas, con una facturación inferior a los 8 millones de euros, dispondrán de un plazo de 2 años para adaptarse a esta nueva obligación desde la publicación del desarrollo reglamentario.
Es importante resaltar que para poder emitir la factura electrónica será necesario disponer de un certificado digital que la avale.
Las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Expedir y remitir facturas electrónicas con otras empresas y autónomos.
- Facilitar el acceso, visualización, descarga e impresión de la factura electrónica para los receptores.
- Mantener el acceso de las facturas electrónicas durante 4 años, aun cuando los destinatarios de estas hubieren dejado de ser clientes de las empresas emisoras.
Como adaptarse
Hay muchas aplicaciones y empresas tecnológicas que lo implantan en el mercado.
Os podéis beneficiar del programa KIT DIGITAL, que es una ayuda financiada por la UE y que facilita el Estado, para la transformación digital, y se puede aplicar a la adopción de la factura electrónica en la empresa.
Este programa tiene como fin apoyar a las pymes y autónomos a través de subvenciones para fomentar la digitalización en sus procesos de trabajo, proporcionando un BONO DIGITAL, con un importe máximo dependiendo de la tipología de la empresa y utilizarlo en las empresas distribuidoras de software denominado Agentes Digitalizadores, este bono puede utilizarse completamente o una parte, lo que se necesite.
Para acceder al Bono del Kit Digital las empresas tienen que realizar un test de autodiagnóstico para conocer su nivel de madurez e identificar sus necesidades de digitalización.
Información : https://www.red.es/es/iniciativas/proyectos/kit-digital
Acceso: https://acelerapyme.gob.es/kit-digital
Información del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital . https://www.facturae.gob.es/Paginas/Index.aspx
No hay comentarios